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¿Qué hacer en caso de accidente de trabajo?

  1. Brinde los primeros auxilios de acuerdo a la situación, en el lugar donde se encuentre el accidentado especialmente si hay hemorragia, por personal entrenado (enfermero(a), brigadista).
  2. Llame a la línea salvavidas ARP SURA (01 8000 511 414 a nivel nacional o al 405 59 11 Opción 1 en Bogotá) para dar información correcta sobre lo ocurrido y pregunte a cual IPS remitir al accidentado. En caso de existir una situación que lo amerite, solicite ambulancia a la ARP, o movilícelo en un taxi.
  3. El trabajador debe dirigirse a la IPS de la Red Asistencial de ARP SURA y presentar su Cédula de Ciudadanía y carne de la ARP para ser atendido.
  4. En caso de algún inconveniente con la atención, comuníquese con Salud Ocupacional de GRANSERVICIOS (249 44 88 o al Celular 313 424 2560) e informe lo sucedido para apoyarlo.
  5. La empresa usuaria donde se encuentra el trabajador en misión debe diligenciar el formato único de reporte de accidente de trabajo, con toda la descripción (datos claros, exactos y completos), el Jefe inmediato o la persona encargada debe enviar el reporte físico del accidente de trabajo a GRANSERVICIOS al correo talentohumano@granservicios.com para que luego se reporte a la ARP en un lapso no mayor a los 2 días hábiles siguientes.
  6. Si el Accidente de Trabajo genera incapacidad, se debe hacer llegar el documento en original a la Carrera 20 No. 53-56 2° Piso en horario de Lunes a Viernes de 7:30 AM a 12:00 o 1:00 PM a 5:30 PM a la mayor brevedad posible (máximo 24 horas) evitando así problemas en el trámite de reconocimiento de la misma. Informe sobre cualquier inconveniente con la atención recibida en la IPS.

 

Si hay tratamientos, cirugías, terapias, interconsultas, etc. solicítelas en la línea salvavidas ARP SURA y mantenga informado a S.O. de GRANSERVICIOS sobre toda la evolución del caso.

 
 

Cuáles son los derechos de los trabajadores ante un ATEP

  • Atención asistencial y servicios de salud, odontología, hospitalización y diagnóstico
  • Rehabilitación y recuperación temprana, física y profesional
  • Prestaciones económicas: Incapacidad y pensión

¿Qué es un accidente de trabajo?

Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador, una lesión orgánica, una perturbación funcional, invalidez o la muerte. Art. 9 D. 1295/94.

  • El que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
  • El que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

Excepciones de un accidente de trabajo

  • El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador.
  • El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.

¿Qué es un accidente laboral?

Todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en el que se ha visto obligado el trabajador, y que haya sido determinada como Enfermedad Profesional, por el gobierno nacional. Art. 11 del D. 1295/94.